Multas de más de 600 euros por no ponerse la mascarilla en el transporte público

No hay excusa: se están repartiendo 14 millones de mascarillas de forma gratuita en todos los servicios
Es una medida transversal para asegurar la contención de los contagios con carácter previo al inicio de nuevos escenarios
Los trabajadores también deben utilizarlas y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas
No llevar mascarilla en el transporte público puede ser sancionado con más de 600 euros de multa. Son lugares cerrados donde se producen aglomeraciones de personas y no se puede garantizar en todo momento la distancia social, por lo que hay un alto potencial de contagio.
Para que nadie tenga excusa, se están repartiendo 14 millones de mascarillas de forma gratuita. Así se asegura el compromiso del conjunto de la población en la aplicación de las medidas adoptadas, para continuar protegiendo los derechos a la vida, a la integridad física y a la salud de las personas.
De acuerdo con los artículos 4 y 14.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como autoridad competente delegada en sus áreas de responsabilidad, establece determinadas condiciones para las personas que utilicen los servicios de movilidad, ordinarios o extraordinarios.
Como sabéis el uso de mascarillas 😷 en los transportes públicos 🚌🚕🚇🚉🚢✈ es obligatorio para todos los usuarios. Para facilitar la utilización hoy también hemos colaborado en el reparto.
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) May 5, 2020
La salud de toda la población está en juego. Seamos responsables.#ParaServiryProteger pic.twitter.com/o7vf5mfrXO
Según se especifica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado el domingo 3 de mayo: "Ante la situación de emergencia sanitaria, se estima necesario en el momento actual fijar las condiciones de utilización de las mascarillas en los distintos modos de transporte, como medida transversal para asegurar la contención de los contagios con carácter previo al inicio de nuevos escenarios, así como establecer los criterios de ocupación de los vehículos y concretar otras medidas dirigidas a asegurar el compromiso conjunto de la población."
Mascarillas específicas
Estas mascarillas tienen que cumplir además unos determinados requisitos: son de uso personal e intrasferible, deberán cubrir nariz y boca, será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo. En el caso de los pasajeros de los buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.
Además será obligatorio para los usuarios de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor. Los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros también deben utilizarlas y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.
Las mascarillas que está repartiendo el Gobierno están siendo fabricadas por cientos de empresas que están haciendo un esfuerzo extraordinario para producir material de protección. Algunas lo fabrican habitualmente, pero para muchas es un campo nuevo.
Correcta utilización
Pero de poco sirve llevar mascarilla si no se hace un buen uso. Debemos lavarnos las manos ante de colocarla y ajustarla para que cubra de nariz a barbilla. Después no tocarla con las manos y en caso de tener que hacerlo, frotarse primero con una solución hidroalcohólica.
Tampoco se debe colocar en una posición de espera en la frente o debajo de la barbilla durante y después del uso, ni utilizarla durante más de cuatro horas. La mascarilla sólo se puede usar varias veces si se retira de acuerdo con las instrucciones, se almacena temporalmente en su caja o una bolsa o se cuelga para ofrecer el menor contacto posible.
Además se recomienda llevar siempre guantes de protección y una solución hidroalcohólica y se recuerda la necesidad de retirar correctamente las mascarillas. Una vez usadas se deben desechar en una papelera o contenedor dentro de una bolsa de plástico.
Las sanciones
Las multas por no llevar mascarilla en el transporte público quedan recogidas en el artículo 36.6 de la ley de Seguridad Ciudadana. Es la misma que se aplica para las personas que se saltan las condiciones del confinamiento.
Desde el pasado cuatro de mayo su uso es obligatorio en el transporte público y las multas pueden oscilar entre los 600 y los 30.000 euros.