Baja por 'menstruación invalidante', un problema social más que legal: "Hay mujeres que no la solicitan, aguantan el dolor"


La Seguridad Social ya recoge la 'dismenorrea invalidante' como motivo de baja laboral
"Hay mujeres que han heredado el concepto de que 'la regla duele y hay que aguantarla'.", asegura el Dr. Lorenzo Armenteros, portavoz de la SEMG.
El nuevo proyecto de ley del aborto y salud menstrual que impulsa el Ministerio de Igualdad se ha convertido en la última batalla ideológica en el terreno político. La propuesta de reconocer por ley el dolor menstrual 'invalidante' como motivo de baja está causando, una vez más, una brecha en el Gobierno de Sánchez.
Desde el bloque de Unidas Podemos, aseguran que la ley era necesaria porque muchas mujeres seguían yendo a trabajar a pesar de sufrir intensos dolores de regla. Desde el PSOE defienden que la baja laboral por dolor menstrual ya era un derecho con el que contaban las mujeres.
La clave está en las cifras. La Seguridad Social ya recoge la 'dismenorrea invalidante' como motivo de baja laboral. Los médicos de Atención Primaria cuentan en su sistema informático con un código con el que catalogar estas bajas, que además estipulan un máximo de cuatro días de descanso. Sin embargo, esos datos son trasladados después a las CC. AA. como 'incapacidad temporal por enfermedad común' sin desglosar, por lo que es imposible saber cuántas mujeres reciben al año una baja laboral por fuertes dolores durante la regla.
Según datos de Igualdad, la mitad de las mujeres sufre dolores durante la regla. De esa mitad, un 30 % padece dismenorrea; y de ese 30 %, en alrededor de una de cada diez los dolores se convierten en ‘invalidantes’, o incompatibles con un actividad laboral normal. Si las bajas concedidas corresponden con el número de mujeres que se calcula sufren dismenorrea es, como decimos, una pregunta de difícil respuesta.
Un derecho con el que las mujeres ya contaban
“Los médicos llevamos mucho tiempo dando bajas por dismenorrea invalidante”, asegura el Dr. Lorenzo Armenteros, portavoz de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG). “Siempre que un paciente presenta un dolor menstrual complejo, ese dolor es motivo de estudio. Hay que diferenciar una dismenorrea de origen primario de una de origen secundario. El dolor menstrual no es igual para todas las mujeres. Muchas veces esa dismenorrea tiene origen en otra patología, como endometriosis o miomas que hay que descartar. Pero los médicos estamos acostumbrados a tratarla. Sólo se conceden bajas cuando ya hemos descartado otras patologías y lo consideramos como un dolor menstrual primario”, explica Armenteros.
“Las bajas laborales por dismenorrea invalidante son muy poco frecuentes. Yo personalmente cuento con un grupo de alrededor de 2.000 pacientes. Creo que el año pasado concedí alrededor de 10 bajas por ese motivo. El problema es que muchas veces las mujeres no la solicitan, aguantan el dolor. Es una cuestión cultural. Muchas tienen heredan el concepto de que la regla duele y hay que aguantarla. Además, en muchos casos esas bajas están mal vistas por los empresarios e incluso por los propios compañeros”, insiste el portavoz de SEMG.
Un derecho con el que las mujeres ya contaban, pero que no todas ejercían. “Ahora se le da un valor de importancia. Pero yo creo que no era necesaria una ley. Habría bastado con campañas de educación y concienciación, por ejemplo. El problema es que al plantearlo como un proyecto de ley, se corre el riesgo de que la medida se politice. Por un lado hay quien asegura que una vez aprobada la ley, las mujeres van a ser todas unas irresponsables y van a solicitar la baja. No es así. Las mujeres, en mi experiencia, saben perfectamente diferenciar entre un dolor 'invalidante' de otro que no lo es. Por otro lado, hay quien acusa a los médicos de expendedores de bajas sin criterio médico. Esto tampoco es así. Sólo se concede una baja cuando se descarta que sea de origen secundario y cuando los tratamientos no consiguen que el dolor baje lo suficiente como para permitir que la paciente lleve una vida normal”, concluye Armenteros.
Bajas gestionadas desde las empresas
En la misma línea se pronuncia la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC). Las bajas por dolor menstrual ya existían. La semFYC considera que no está demás que la ley regule este tipo de bajas, pero no sólo cuando está provocadas por dismenorrea. También “en casos similares como las migrañas, los vértigos, la diarrea en las enfermedades inflamatorias intestinales, las crisis dolorosas en enfermedades reumáticas, etc.”
“La característica común de todos estos procesos es que el paciente conoce el diagnóstico y también el tratamiento, por lo que no precisa una asistencia médica o clínica, solamente la justificación para la ausencia laboral; lo que contribuye a burocratizar las consultas de Atención Primaria.”, aseguran desde la semFYC.
Proponen que en casos en los que la enfermedad está identificada, “sean los Servicios de Salud Laboral (de las empresas) los que realicen la validación de la ausencia.” Es decir, que sean los propios servicios médicos de las empresas los que gestionen los descansos de sus trabajadores cuando la enfermedad es conocida y recurrente, contribuyendo así a descongestionar los servicios de Atención Primaria.