Las comunidades autónomas podrán modificar los horarios de salida de niños, mayores y deportistas a la calle

El BOE autoriza a los gobierno regionales a mover las franjas de salida hasta un máximo de dos horas pero sin variar el computo de horas total
No hay franjas horarias delimitadas para quienes acudan a bares o restaurantes en la zonas que pasen a la fase 1
Según la orden ministerial publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las comunidades y ciudades autónomas podrán adelantar o retrasar un margen de dos horas en su territorio las franjas horarias establecidas, siempre y cuando no se incremente su duración total.
Según han explicado fuentes del Ejecutivo, incluso en las zonas que el lunes entren en la fase 1 de la desescalada, los expertos han recomendado que se mantengan las franjas para realizar deporte y dar paseos con garantías de seguridad, aunque en esas zonas los ciudadanos podrán realizar las nuevas actividades permitidas, como ir a una terraza o a un comercio, en cualquier momento del día.
Tras las peticiones de varios gobiernos autonómicos que alertaron de que la franja establecida para los paseos de los niños coincidían con las de más calor, el Ejecutivo ha decidido dejar en manos de las comunidades autónomas el mover esas horquillas un máximo de dos horas, siempre manteniendo separados los horarios reservados a cada colectivo. Es decir, los horarios de salida de los menores no deben coincidir con los de las personas mayores o vulnerables.
Lo que se puede producir, en los territorios que el lunes pasan a la fase 1 de la desescalada, es una coincidencia entre las personas que salen a pasear o hacer deporte en sus respectivas franjas horarias y las que acuden a establecimientos comerciales y de hostelería, ya que para hacer uso de estos no se han establecido franjas horarias delimitadas. Según el Ejecutivo, esto no supondría una paradoja sino un signo de la "nueva normalidad" en la fase 1.
Hasta ahora las franjas horarias establecidas han sido:
- Paseos con menores: entre las 12:00 y las 19:00.
- Práctica deportiva y paseos para mayores de 14 años: entre las 06:00 y las 10:00 de la mañana y entre las 20:00 y las 23:00 de la noche.
- Paseos de mayores y personas vulnerables: entre las 10:00 y las 12:00 de la mañana y de !9:00 a 20:00 de la tarde.
La orden ministerial les habilita ahora a las comunidades autónomas ha modificar esos horarios sin pedir autorización al Gobierno pero siempre evitando que se solapen los unos con los otros.
Como hasta ahora, la aplicación de franjas horarias no será de aplicación en aquellos municipios y núcleos de población con menos de 5.000 habitantes, en los que se podrá realizar actividad física o dar paseos entre las 6.00 y las 23.00 horas.