Estas son las restricciones que entran hoy en vigor en Sevilla, Córdoba y Jaén

Estas medidas estarán vigentes durante catorce días con posibilidad de que se prorroguen
Además de estas ciudades, otros trece municipios tendrán que acatar las normas impuestas
Las ciudades andaluzas de Sevilla, Córdoba y Jaén estrenan este domingo nuevas restricciones implementadas por la Junta de Andalucía para frenar el avance de los contagios por coronavirus Covid-19 y, así, reducir la presión de los centros hospitalarios.
Estas medidas, que acaban de entrar en vigor, estarán vigentes durante catorce días con posibilidad de que se prorroguen. En este sentido, en Granada y su área metropolitana ya están conviviendo con ellas al ser la provincia con más alto índice de contagios.
Asimismo, estas restricciones afectan a otros 13 municipios pertenecientes a las provincias citadas como son la localidad almeriense de Los Gallardos, Baeza y Quesada en Jaén y las localidades sevillanas de Estepa, Lora de Estepa, Gilena, Marinaleda, Herrera, La Roda de Andalucía, Badolatosa, Utrera, Castillo de las Guardas y Pedrera.
Por sectores, las restricciones son las siguientes:
Hostelería y ocio
Entre las medidas que más han calado entre la población son las que se refieren a restaurantes y bares. En este caso, el aforo máximo de este tipo de establecimientos hosteleros se reduce a la mitad, tanto en interior como en exterior, y su horario de cierre se fija a las 22.00 horas.
La ocupación máxima en las mesas es de seis personas, que deben, además, mantener una distancia de al menos un metro y medio, estando prohibido estar en la barra. A esto se le suma que los clientes tendrán que llevar la mascarilla puesta siempre, salvo en el momento de consumir.
Estas restricciones de aforo y horario se aplican también a establecimientos y locales dedicados al juego, las apuestas, así como salones dedicados a las celebraciones o eventos.
Reuniones, máximo seis personas
Otra de las medidas que se tendrán que llevar a cabo en estas localidades es la de las reuniones, tanto familiares como sociales. En este sentido, ya no se recomienda un número inferior a seis personas, sino que se establece como prohibición superar ese número, contando con los convivientes.
El único caso en el que se puede superar el número es que la unidad familiar y conviviente sea más amplia, en cuyo caso se permite que estén juntos.
Cierre de peñas, asociaciones y mercadillos
Hasta este sábado todas las peñas y asociaciones gastronómicas, recreativas o culturales de estas localidades han estado abiertas, pero a partir de hoy tendrán que cerrar sus puertas, tal y como ocurre con los centros culturales y los mercados ambulantes que no podrán instalarse en ningún punto de las ciudades afectadas por las medidas.
Bodas, bautizos y comuniones
En las celebraciones nupciales, así como otras religiosas o civiles, en lugar de limitar a 30 el número de asistentes como se propuso el jueves, se establece un máximo del 50% del aforo, tanto en interior como en exterior, por lo que el número de invitados dependerá del espacio disponible en cada caso.
Por otra parte, es necesario recalcar que todos los asistentes deberán permanecer sentados tanto durante la ceremonia como durante el convite. Asimismo, los ayuntamientos sí sí determinarán un número máximo de 30 asistentes a las bodas civiles en el interior de la Casa Consistorial.
Práctica deportiva
Los gimnasios e instalaciones deportivas no tendrán que cerrar sus puertas, pero sí reducir el aforo al 50%. Además, los deportes en grupo están limitados a seis personas como máximo, salvo para competiciones federadas.
Es destacable que dentro de estas medidas se establece la obligatoriedad de utilizar mascarilla mientras se practica deporte en aquellos espacios, incluidos al aire libre, en el que no se pueda garantizar una distancia de seguridad favorable.
Parques y espacios infantiles
Con respecto a parques y jardines, permanecen abiertos hasta un máximo de las 21.00 horas, aunque prohibiendo cualquier actividad en su interior. Es reseñable que los espacios infantiles permanecerán clausurados.
Comercio
Los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50% del aforo permitido y su hora de cierre es como máximo a las 22.00 horas, a excepción de centros médicos, farmacéuticos, veterinarios, de combustible para la automoción y otros considerados esenciales.
Velatorios
La norma indica que en los velatorios se limita la asistencia a un máximo de 15 personas si es al aire libre o 10 en aquellos espacios que sean cerrados.
Espacio sociosanitarios
Las residencias de ancianos o de personas con discapacidad han cortado las salidas y las visitas y estarán más vigiladas por ser centros donde la incidencia puede ser más peligrosa.