Illa aclara que el estado de alarma actual no permite confinamientos totales "ni de un día ni de fin de semana"


El Gobierno no ha recibido una petición formal de la Generalitat catalana para aplicar esta drástica restricción
El Ministerio de Sanidad apuesta por los aislamientos perimetrales en municipios o barrios concretos
A falta de dos días para que la Generalitat de Cataluña anuncie nuevas medidas, con el confinamiento domiciliario de fin de semana como principal restricción en la que está trabajando, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha insistido en que el actual estado de alarma no avala esta limitación. "El actual decreto no permite confinamientos domiciliarios, ni de un día, ni de dos días, ni de fin de semana", ha recordado en una entrevista en el programa Planta Baixa de TV3.
Asimismo, ha puesto en valor que sí que avala a las comunidades aplicar "confinamientos perimetrales muy estrictos" y otras opciones contempladas dentro de "un abanico de posibilidades previas suficientemente contundentes que nos podrían permitir estabilizar y rebajar la curva", en palabras de Illa. De esta forma, el Ministerio apuesta por los aislamientos perimetrales en municipios o barrios concretos antes que la medida que avanzó la portavoz del Govern, Meritxell Budó, el pasado lunes.
Los servicios epidemiológicos de la administración catalana trabajan por concretar cómo debe ser esta drástica restricción, aunque el Gobierno no ha recibido su petición formal para aplicarla en Cataluña. La consellera de Salut, Alba Vergés, tampoco se la propuso al ministro en su reunión celebrada la mañana del lunes. "Me manifestó su preocupación compartida por la situación y mencionó la posibilidad de ir a medidas más estrictas, pero no ha habido esa petición", según Illa, que ha reconocido que tampoco descarta ninguna opción: "Los datos son muy preocupantes y tenemos que ver si las medidas funcionan y, si no, habrá que adoptar más".
De todas formas, el Govern puede aplicar un confinamiento domiciliario sin recurrir al decreto del estado de alarma. Para ello, necesita una autorización judicial previa o bien que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ratifique la medida una vez entre en vigor.
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