Qué documentación es obligatoria para viajar en autocaravana


Mejores rutas en autocaravana
Las campers, las caravanas y las autocaravanas son tendencia este verano
Estos son los documentos obligatorios que debes llevar consigo en tus viajes nacionales e internacionales
Las autocaravanas son tendencia este verano y permiten viajar de la forma más cómoda y económica a aquellos amantes de las rutas en carretera. Muchas familias deciden disfrutar sus vacaciones sobre ruedas y recorrer maravillosas rutas por diversas ciudades y países de nuestro alrededor.
Para que este viaje sea un éxito, es importante una buena planificación, no solo de la ruta, sino también poner a punto el vehículo y preparar toda la documentación necesaria, tanto personal como del vehículo. Asimismo, antes de comenzar tu viaje te orientamos con los documentos que debes portar para que tengas todo en regla y te asegures de no infringir ninguna norma.
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Viajar en autocaravana: documentación necesaria
La Dirección General de Tráfico confirma que existen varios documentos que debes llevar en todo momento del viaje de manera obligatoria:
- Documento de identidad: DNI, NIE, pasaporte y visado (si aplica) en vigor.
- Carnet de conducir: si el vehículo no superara las 3,5 toneladas, puedes conducir con el permiso de turismo B en el territorio europeo. En el caso de que el vehículo supere la Masa Máxima Autorizada, puede ser exigido el carnet C. Además, si tu destino está fuera de la Unión Europea, es probable que necesites el permiso de conducir internacional, un documento que debes solicitar en la DGT.
- Permiso de circulación del vehículo junto con la ITV según el tipo de vehículo: las caravanas que superen los 750 kilos, deben realizar la inspección a partir de los primeros seis años. A partir de entonces, cada dos años. Por otra parte, los campers y autocaravanas, su periodicidad es la misma que la de un coche. La primera se pasa a los cuatro años, desde entonces y hasta que cumplen diez deben superarla bianualmente y a partir de entonces, cada año.
- La carta verde o seguro: desde 2008 no es obligatorio llevar la póliza o el seguro que justifica su pago en los países de la UE. No obstante, si vamos a viajar a un país que no esté dentro del territorio europeo o que no forma parte de esta lista (Andorra, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza) tienes que llevar la Carta Verde. Se trata de un documento que demuestra que tenemos el seguro obligatorio de responsabilidad civil y que te facilitará tu aseguradora.