La Abogacía del Estado, contra la DGT por no aplicar el margen de error del radar en las multas de velocidad


Hay cinco nuevas sentencias judiciales han estimado los recursos y han reducido a una tercera parte las sanciones que Trafico había impuesto
La Abogacía del Estado se ha alineado con los conductores y frente a la Dirección General de Tráfico
En diez años, no aplicar el margen de error de los radares, le ha reportado a la Administración 400 millones de euros, según AEA
Hasta cinco sentencias judiciales, según la AEA (Automovilistas Europeos Asociados), han dado la razón a conductores que recurrieron multas en las que la DGT no aplicó correctamente el margen de error de los radares que captan los excesos de velocidad. Decisiones que además, se han tomado con la Abogacía del Estado, dependiente del Gobierno, alineada con los conductores y contra la Dirección General de Tráfico, también dependiente del Gobierno.
En cada uno de esos cinco casos, la DGT había impuesto una multa de 300 € y la pérdida de de 2 puntos del carnet. Sin embargo ahora, los tribunales consideran que la sanción máxima a imponer sería, en todo caso, de sólo 100 € sin detracción de ningún punto, "porque a la velocidad que aparece consignada en la foto hay que descontar el margen de error que tiene el aparato".
La Abogacía del Estado pide que se corrijan las sanciones
A esta decisión se ha unido ahora la petición de la propia Abogacía del Estado, que en un caso enjuiciado recientemente en Valencia ha pedido al juzgado que "estime parcialmente la demanda planteada con relación a la aplicación de los márgenes de error atendiendo a las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valencia", con la finalidad de evitar una posible condena en costas a la Administración.
En este caso, el vehículo denunciado fue captado a 122 km/h. en un tramo con límite de 90 km/h., pero tras aplicar el margen de error, la sanción a imponer, según la Abogacía del Estado, debía ser de 100 €, sin detracción de puntos, y no la que impuso Tráfico de 300 € y 2 puntos.
AEA lo viene denunciando desde hace diez años
La asociación de automovilistas cita numerosas resoluciones previas, y avala la denuncia realizada en 2010 por la organización AEA, respecto del erróneo criterio sancionador que la DGT, el Gobierno Vasco, la Generalidad de Cataluña y más de una docena de ayuntamientos han venido aplicando desde entonces para sancionar los excesos de velocidad.
Fue a finales de 2019 el Gobierno vasco cambió de criterio y empezó a aplicar el margen de error en las sanciones. En el caso de radares fijos es de 5 km/h. (ó 5% en mediciones superiores a 100 km/h); 7 km/h. (ó 7% en mediciones superiores a 100 km/h) en los radares móviles y el 10% para el radar ubicados en el Pegasus.
Tráfico debe poner fin a la “lotería judicial” de los márgenes de error
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “todas estas nuevas sentencias judiciales vienen a reforzar aún más la denuncia que nuestra asociación viene realizando desde hace más de 10 años respecto de la ilegalidad de millones de multas impuestas por excesos de velocidad.”
“Sin embargo –añade Arnaldo- ya es hora de que la DGT, el Servei Catalá de Tránsit y una docena de ayuntamientos dejen de aprovecharse de la situación de inseguridad jurídica que existe en materia de multas de tráfico, ya que al no existir la posibilidad de que el Tribunal Supremo,con su jurisprudencia, aclare y unifique el criterio a seguir (dada la pequeña cuantía de cada uno de estos pleitos), obligan innecesariamente a los ciudadanos a tener que acudir a los tribunales para defender sus legítimos derechos, en una especie de “lotería judicial” .
Cerca de dos millones multas por encima de la Ley
AEA calcula que desde mayo de 2010 se han impuesto en España más de dos millones de multas con importes y detracción de puntos superiores a los establecidos en la Ley de Seguridad Vial, por un valor aproximado de unos 400 millones de euros.